CFR §170.305: Un establecimiento agrícola se define como cualquier granja, operación forestal o vivero que se dedique al aire libre o producción en espacios cerrados de plantas agrícolas. Un establecimiento que no es principalmente agrícola es un establecimiento agrícola si produce plantas agrícolas para trasplantarlas o usarlas (en parte o en su totalidad) en otro lugar en lugar de comprar las plantas agrícolas.
Orientación reglamentaria
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